RFC Especial para Público en General y Clientes Extranjeros

Todos los contribuyentes estamos obligados a emitir factura en todas y cada una de las ventas que realicemos, pero ¿qué pasa cuando el cliente no requiere factura? Para estos casos debemos facturar a lo que se le denomina el RFC genérico, el cual debemos utilizar para generar los CFDIs de venta al público en general.

El RFC en cuestión es XAXX010101000, que debe ser completado con el nombre o razón social hacia Venta al público en general.

En el caso de clientes extranjeros, el RFC es XEXX010101000.

Te recordamos que es importante registrar todas las ventas, incluso las que no requieren factura por parte del cliente.